Amazonas | Familiares de asegurados SIS fallecidos ya pueden cobrar gastos de sepelio

Un total de 185 personas acreditadas y cuyos familiares estuvieron afiliados en vida al Seguro Integral de Salud en Amazonas ya pueden acercarse a las agencias del Banco de la Nación de la región para cobrar el reembolso por los gastos por sepelio que les corresponde.

La Resolución Jefatural N° 153-2021/SIS, publicado con anterioridad en el Diario Oficial El Peruano, aprobó la transferencia de S/ 181,380 para este fin y precisa que el pago corresponde a expedientes aprobados para reembolso.

En lo que va del año, el SIS ha transferido a la región Amazonas S/ 1’282,880 para pagar el reembolso de gastos de sepelio a un total de 1,305 personas acreditadas.

Verifique antes de ir a cobrar

Antes de ir al Banco de la Nación verifique si se encuentra en la relación de los beneficiarios de este pago consultando al link: http://www.sis.gob.pe/nuevoPortal/iconsultaSepelio.html, llamando a la Línea Gratuita 113, opción 4 o al teléfono de la Unidad Desconcentrada Regional (UDR) Amazonas: (041) 478413 o la UDR Bagua: (041) 471746, en el horario corrido de 8.00 a.m. a 5.00 p.m. 

Después de confirmar que se encuentra en la lista de beneficiarios, debe acercarse a cualquier ventanilla del Banco de la Nación y mostrar su DNI.

Prestación Económica de Sepelio (PES) Regular

La Prestación Económica de Sepelio (PES) Regular reconoce un reembolso de gastos de sepelio de S/ 350 por óbito o natimuerto (más de 28 semanas de gestación) y también en caso de recién nacido hasta los 28 días, S/ 700 por un menor de 29 días hasta menos de 12 años y S/ 1,000  desde los 12 años a más.

La PES Regular es un beneficio que actualmente tienen los afiliados a los cinco planes de seguros de la IAFAS Seguro Integral de Salud. Los asegurados al SIS Para Todos y SIS Microempresas tienen este derecho a partir de mayo y julio último, respectivamente, de acuerdo a lo dispuesto por los decretos de urgencia 046-2021 y 078-2021.

Este reembolso es para contribuir a cubrir los gastos de ataúd, capilla ardiente, mortaja, traslado del asegurado fallecido al cementerio o crematorio, y nicho o derecho de cremación.

Cabe recordar que los gastos funerarios de los asegurados fallecidos por la COVID-19 son cubiertos íntegramente por la IAFAS SIS, la misma que transfiere recursos financieros en forma adelantada a los establecimientos de salud, Diresas y Diris para la inhumación o cremación respectiva. Los familiares no reciben desembolso económico directo por sepelio COVID.

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