Fijan mecanismos para erradicar el acoso contra las mujeres en la vida política

Se implementará el Observatorio Nacional del Acoso Político contra la Mujer, para monitorear y sistematizar datos e información relacionados al tema.

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 31155 aprobada por el Congreso de la República que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política.

Así, la norma establece mecanismos de atención, prevención, erradicación y sanción del acoso contra las mujeres, por su condición de tales, en la vida política, con la finalidad de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos y que participen en igualdad de condiciones.

El acoso contra las mujeres en la vida política se define como cualquier conducta que se ejerce contra una o varias mujeres por su condición de tal, realizada por persona natural o jurídica, en forma individual o grupal, de manera directa, a través de terceros, o haciendo uso de cualquier medio de comunicación o redes sociales, y que tenga por objeto menoscabar, discriminar, anular, impedir, limitar, obstaculizar o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos.

En ese contexto, corresponderá al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables coordinar, articular, promover, diseñar y difundir las políticas, planes y programas tendientes a garantizar la implementación de la ley.

Asimismo, deberá promover en los tres niveles de gobierno políticas, programas y proyectos de prevención, atención y tratamiento, servicios de consejería entre otros, frente al acoso político.

A su vez, implementará el Observatorio Nacional del Acoso Político contra la Mujer, que tiene por objeto monitorear y sistematizar datos e información relacionados al acoso político contra la mujer, que sirva como insumo para el diseño, formulación e implementación de políticas, programas y actividades dirigidas a prevenir y erradicar el acoso político contra la mujer.

Acción multisectorial

En ese sentido, corresponderá a este observatorio publicar anualmente un reporte que informe sobre el avance de la implementación de políticas, programas y actividades realizadas en el marco de la ley, así como estadísticas sistematizadas de casos de violencia política contra la mujer existentes y atendidas a nivel nacional.

En tanto que el Ministerio de Educación tendrá que incorporar en la currícula educativa contenidos sobre la importancia de la participación política de las mujeres, señala la norma.

Por su parte, el Ministerio de Cultura promoverá la participación política de las mujeres indígenas, originarias o afrodescendientes, informando al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en los casos de acoso político contra las mujeres.

Corresponderá a los órganos del sistema electoral, en el marco de sus competencias, impulsan la protección y promoción del derecho a la participación política.

Asimismo, tendrán el deber de establecer medidas, en el marco de sus competencias, destinadas a prevenir y erradicar el acoso político como uno de los objetivos de las políticas de educación cívica y democrática y de los programas de formación y capacitación en materia electoral.

Mientras que los gobiernos regionales y gobiernos locales adecuarán o actualizarán su normativa mediante ordenanzas, resoluciones, reglamentos y manuales de organización y funciones o cualquier otro instrumento legal incorporando los actos que constituyen faltas administrativas de acoso contra las mujeres en la vida política.

Las organizaciones políticas implementarán medidas internas a fin de contribuir con la prevención, erradicación y sanción del acoso político. Estas medidas incluirán, entre otras, el establecimiento y sanción de actos de acoso político y la regulación del procedimiento aplicable. Esto, teniendo en cuenta que los actos de acoso político se deberán reportar, semestralmente, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Además, toda institución pública u organización política estará obligada a promover el establecimiento de requisitos idóneos, necesarios y proporcionales que permitan el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en condiciones de igualdad, detalla la ley.

Fuente: El Peruano

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