Minam | Campaña puesta en marcha para concientizar lucha contra el cambio climático

Nuevas normas para combatir a la pandemia. A partir del próximo 15 de diciembre, las personas sin el carné que acredite haber recibido las dos dosis de la vacuna contra el covid-19 no podrán ingresar a espacios cerrados, de acuerdo con una nueva disposición del Gobierno, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El Decreto Supremo N° 168-2021-PCM, que actualiza las medidas de convivencia social en medio de la pandemia por el covid-19, detalla que “los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados deberán presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación […]”.

Esta disposición rige para todo el país y los cuatro niveles de alerta frente a la pandemia, de acuerdo a la disposición.

La misma norma recuerda a la población que se deberán mantener los protocolos de prevención de contagios de covid-19, como el uso de mascarilla de forma permanente, según las condiciones indicadas en el numeral 8.4 de la disposición legal.

En este numeral se indica que es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela) para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados, o en lugares donde no se pueda mantener el distanciamiento físico o corporal.

Las personas solo se sacarán la mascarilla cuando se encuentren en restaurantes o similares y únicamente mientras se ingiera alimentos, a fin de no ponerse en riesgo de contagiarse.

Fija además que las empresas con más de diez (10) trabajadores solo podrán operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación. Esta disposición regirá desde el 15 de diciembre del 2021 (Para información detallada sobre este punto ver la página 10).

Fuente: Andina

Actualidad

error: Content is protected !!