Osiptel | Usuarios de telecomunicaciones accederán a contratos de fácil lectura

Empresas operadoras deberán implementar los modelos de contrato corto a partir de su aprobación por parte del ente regulador.

Los contratos largos y complicados que son entregados por las empresas operadoras a los usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones, pasarán a la historia a partir de la implementación del contrato corto, cuyo prototipo ha sido elaborado por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).

El presidente del Consejo Directivo de OSIPTEL, Rafael Muente Schwarz, señaló que se trata de un contrato tipo, redactado con un lenguaje ágil, cercano al abonado, y que cuenta con un diseño sencillo y amigable.

Actualmente, cada empresa operadora cuenta con modelos de contratos muy distintos, con extensiones que fluctúan entre 5 y 13 páginas, emplean una terminología técnica y jurídica en sus cláusulas contractuales, poco entendibles y que han sido motivo de una variedad de reclamos por parte de los usuarios.

“Los modelos de contrato corto que estamos proponiendo tienen en su mayoría máximo dos páginas, pues se privilegia que el abonado tenga información básica, por ejemplo, principalmente del plan tarifario”, informó el titular de OSIPTEL.

Este documento, cuya implementación y uso obligatorio se espera iniciar a partir de diciembre de este año, irá acompañado por una cartilla gráfica, a través de la cual se informará sobre los principales derechos de los usuarios.

El nuevo modelo de contrato corto incluye el nombre del plan tarifario contratado y de la promoción a la cual se accede, de ser el caso. Además, especifica la cantidad de minutos, datos (MB y GB) y mensajes de texto (SMS), detalla los aplicativos cuyo acceso es ilimitado (Facebook, Instagram, por ejemplo), y la velocidad de Internet contratada y garantizada. Asimismo, considera la información sobre el recibo y pago de servicios, modificación del contrato y baja del servicio.

Los modelos de contrato corto se aplicarán para los servicios públicos móviles (prepago y pospago), telefonía fija, acceso a Internet fijo y móvil, radiodifusión por cable (TV de paga), que se ofrezcan en forma individual o empaquetada.

Estarán excluidas aquellas contrataciones con persona jurídicas, en el marco de convocatorias o negociaciones de carácter público o privado, en las cuales la oferta ha sido diseñada de manera específica

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