Quince universidades ya cuentan con reglamento para casos de acoso sexual.

Hasta el momento, 15 universidades, todas públicas, aprobaron normativa interna para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual dentro de sus casas de estudio, así informó el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

Este importante avance en la lucha y prevención de la violencia contra la mujer se logró gracias al MIMP y al Ministerio de Educación (MINEDU) tras la implementación de “Lineamientos para la elaboración de normativa interna de prevención y sanción del hostigamiento sexual en la comunidad universitaria”, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 380-2018-MINEDU.

En articulación con el MINEDU, el Ministerio de la Mujer proyecta realizar esta labor con 21 universidades más durante este año.

Cabe recordar que el año 2018, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo Nº 1410 que incorpora los delitos de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual al Código Penal, y también modifica el procedimiento de sanción del hostigamiento sexual.

Las universidades que han aprobado su Reglamento de Prevención e Intervención del Hostigamiento Sexual el 2018 son las siguientes:

1. Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.

2. Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica.

3. Universidad Nacional Agraria de la Selva.

4. Universidad Nacional de San Martín.

5. Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía.

6. Universidad Nacional Federico Villarreal.

7. Universidad Nacional de Ucayali.

8. Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle.

9. Universidad Nacional Autónoma Alto andina de Tarma.

10. Universidad Nacional de Piura.

11. Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas.

12. Universidad Nacional de Tumbes.

13. Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

14. Universidad Nacional Hermilio Valdizán.

15. Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur.

El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante y que puede afectar su actividad o situación laboral, docente, formativa o de cualquier otra índole.

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