En los próximos dÃas los trabajadores tendrán dos feriados por Semana Santa amparados por el Decreto Legislativo N° 713, siendo los dÃas jueves 14 y viernes 15 de abril. En caso de que el empleador decide que su empleado sà trabajará durante el feriado deberá comunicarlo anticipadamente y cumplir con compensar el trabajo realizado en dÃa feriado, sea con la sobretasa o con un descanso sustitutorio.
Sin embargo, algunos trabajadores continuarán prestando servicios durante los dÃas feriados si su empleo asà lo requiere, pues algunos servicios básicos como agua potable, alcantarillado o desagüe y energÃa eléctrica no se detienen.
Si un empleado formal trabaja durante un feriado, y no obtiene un descanso posterior en compensación, entonces deberá recibir un triple pago en el dÃa, uno por la jornada trabajada y dos adicionales.
Por ejemplo: Tu sueldo mensual es S/ 1,200, al dÃa ganas un aproximado de S/40. Si trabajas durante el feriado sin intercambiar ese dÃa de descanso entonces recibirás dos pagos de S/40 adicionales por ese dÃa, es decir, en un solo dÃa ganarás S/120.
Ten en cuenta que no se considera que se ha trabajado en dÃa feriado, si el turno de trabajo inicia el miércoles anterior al feriado y concluye el jueves santo.