Serfor advierte que tener loros en casa también es ilegal

La reciente historia del zorro andino Run Run, que captó la atención de gran parte de la población, puede convertirse en una gran oportunidad para conocer más sobre lo que significa ser un animal silvestre y por qué no deberían estar fuera de su hábitat natural, como es el caso de los loros, que tampoco deberían vivir en jaulas o viviendas, como muchos acostumbran.

La directora de Fauna Silvestre de Serfor, Jessica Gálvez-Durand, explica que se denomina animal silvestre a aquel que tiene millones de años de evolución y la mano del ser humano no ha intervenido para nada en su desarrollo como especie.

También es un animal silvestre el que forma parte de un ecosistema (andino, costero o amazónico) y cumple la misión de preservarlo, “limpiarlo” de otros animales, para evitar una sobre población que lo amenace.

En el caso de los zorros andinos como Run Run ( Lycalopex culpaeus), ellos se encargan de realizar el control biológico del ecosistema al que pertenece debido a que se alimentan de roedores, aves y lagartijas. Mientras que los loros y guacamayos cumplen la tarea de dispersar las semillas que van encontrando para su alimentación, acota.

La especialista sostiene que la condición de silvestre es inherente al animal, es natural, como el zorro.

El perro, en cambio, se ha convertido en una especie domesticada hace miles de años por el ser humano y hoy está a su servicio, acompañándonlo, cuidándolo, ayudándolo en la detección de algunas enfermedades o evitando el tráfico de drogas. “Las vacas, ovejas, inclusive los caballos, también han sido domesticados”, señala.

Para la vocera de Serfor es ilegal que se obtengan animales silvestres secuestrados de su hábitat, alejados de sus congéneres y luego comercializados en el mercado negro o la calle, como ocurrió con el niño que compró al zorrito andino Run Run en el Mercado Central por S/ 50 soles.

Es ilegal también, que la “mascota” elegida pertenezca a una especie no autorizada por Serfor para su venta o se encuentre en peligro de extinción, precisa.

Ante esta situación, la institución dispuso la creación de zoocriaderos, que en el Perú suman 47 a escala nacional, a fin de garantizar la venta legal de animales silvestres, que no están en peligro de extinción y pueden ser manejados en cautiverio, como algunas tortugas, iguanas, caimanes, loros y tucanes.

Sin embargo, existen algunos loritos, como el periquito de cara amarilla o pacha loro, loro de ala negra, loro de cara roja, entre otros, amenazados por el tráfico ilegal, según el Libro Rojo: Fauna silvestre amenazada del Perú. Estos no pueden ofrecerse en los zoocriaderos.

Por el contrario, las aves de presa, como el cóndor y el águila arpía -en peligro de extinción actualmente- tienen un manejo diferente. Debido al riesgo de que desaparezcan, Serfor ha autorizado la creación de un criadero de reproducción para asegurar su conservación.

Los zoocriaderos deben cumplir condiciones adecuadas para el manejo de los animales silvestres y deben contar con autorización para comercializar los animales de forma legal. De esta manera, todos las especies recluidas allí  cuentan con un espacio amplio para su cuidado, y recursos económicos para asegurar su alimentación y evaluación veterinaria cada tres o seis meses, según sea la especie.

Fuente: Andina

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