Estas medidas deben cumplir las embarcaciones fluviales en la Amazonía

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El uso de chalecos salvavidas es una de las medidas obligatorias que deben cumplir las embarcaciones fluviales que brindan el servicio de pasajeros o turístico en los ríos de la Amazonía peruana para garantizar un viaje seguro y así evitar tragedias como la ocurrida el 29 de agosto en el río Huallaga, en Loreto, y que dejó 21 muertos.

Así lo recordó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que precisó que los pasajeros de las embarcaciones fluviales deben verificar el cumplimiento de estas recomendaciones para que el viaje sea seguro.

Dentro de la embarcación es obligatorio el uso de chalecos salvavidas durante todo el viaje.

Además, la nave debe cumplir con el aforo permitido dentro de ella.

Adicionalmente, se debe seguir los protocolos sanitarios establecidos por el MTC para evitar el contagio de la covid-19 como el control de temperatura a capitanes, tripulantes y pasajeros antes del recorrido.

La embarcación y equipamiento deben ser desinfectados y limpiados antes y después de cada viaje. Los capitanes, tripulantes y pasajeros tienen que usar mascarilla durante todo el trayecto del viaje.

Es importante mantener el distanciamiento social y procurar una adecuada ventilación de la embarcación.

Para realizar el servicio de transporte fluvial, el MTC informa que las embarcaciones deben contar con un permiso de operación regional o nacional.

El permiso regional será tramitado en la región que corresponda. Mientras que el nacional se gestionará ante el MTC, en la Dirección de Autorizaciones en Transporte Acuático, que forma parte de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes.

Para solicitar el respectivo permiso es necesario presentar una solicitud según formulario, con carácter de declaración jurada indicando el día de pago y el número de constancia de pago. También una copia simple del Certificado de Matrícula vigente de la nave, expedido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú (Dicapi).

Además, se requiere copia simple del Certificado Nacional de Seguridad de la nave, expedido por la citada autoridad marítima. Igualmente, es obligatorio presentar copia simple de las pólizas de seguros de accidentes personales de pasajeros y tripulación, y pólizas de responsabilidad civil frente a terceros y de los comprobantes que acrediten estar al día en el pago de las primas.

Fuente: Andina

Actualidad

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