Indecopi: Empresas están obligadas a informar a pasajeros sobre restricciones de servicios

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El Indecopi, recordó a los proveedores que, ante la imposibilidad de brindar sus servicios por motivos de fuerza mayor, deben garantizar los derechos de los consumidores.

Ante las manifestaciones y movilizaciones a escala nacional, según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual los proveedores y empresas están obligadas a que, ante la imposibilidad de brindar sus servicios por motivos que se escapan de sus manos, tienen el deber de resguardar los derechos de los consumidores.

El Indecopi señaló que las empresas deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • El principal derecho de los consumidores es recibir un servicio conforme a lo esperado, en ese sentido, las empresas y proveedores deben adoptar medidas de seguridad y prevención en los servicios que ofrecen durante la coyuntura de protestas.
  • En la prestación de servicios de transporte, las empresas están obligadas a mantener informados a los pasajeros sobre las restricciones de los servicios programados, así como, otorgar las facilidades de reprogramación y/o cancelación de los pasajes adquiridos.
  • Las empresas deben mantener activos sus canales de atención en tiempos críticos a fin de brindar información actualizada.
  • Las empresas están obligadas a mantener activo el Libro de Reclamaciones.
  • Las empresas de servicios turísticos deben otorgar las facilidades de postergación ante la coyuntura, o garantizar el reembolso de pasajes o paquetes turísticos.

Asimismo, el Indecopi tiene a disposición la “Guía para consumidores en situaciones de emergencia en el Perú” con pautas para que los ciudadanos sepan cómo actuar e identifiquen a qué institución pueden acudir para reportar inconvenientes y obtener una respuesta oportuna en situaciones de emergencia.

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