Indecopi prohíbe la venta de pisco que incumpla las normas

La Dirección de Signos Distintivos (DSD) del Indecopi ordenó, mediante medida cautelar, detener la venta en plataformas virtuales de bebidas alcohólicas que utilizan la denominación de Origen Pisco sin cumplir con la normativa vigente.

La prohibición fue dictada para 74 puntos de venta de las plataformas Mercado Libre y Marketplace de Facebook, dedicadas a la comercialización de productos en línea. En ambos sitios webs se anunciaba la comercialización de estos productos.

Por esto, la DSD requirió, mediante medida cautelar, la colaboración de las empresas Mercado Libre Perú S. R. L. y Facebook INC. para que impidan el uso de la denominación de Origen Pisco en 39 y 35 anuncios, respectivamente.

Producto de esta medida cautelar y del convenio de colaboración interinstitucional, la empresa Mercado Libre eliminó las 39 publicaciones que incumplían lo dispuesto en el Reglamento de la denominación de Origen Pisco.

En febrero pasado, Mercado Libre y el Indecopi firmaron un convenio con la finalidad de defender, proteger y reconocer los derechos de propiedad intelectual, tanto de titularidad del Estado peruano como de terceras personas.

Protección de la denominación de Origen Pisco

El 12 de diciembre de 1990 se declaró la protección de la denominación de Origen Pisco, estableciendo que la zona geográfica delimitada para la elaboración de este producto es la costa de las regiones de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y los valles de Locumba, Sama y Caplina de la región Tacna (Resolución Directoral N° 072087-DIPI).

En virtud de tal reconocimiento, el Perú es titular de esta denominación de origen. El Indecopi es la autoridad que otorga las autorizaciones de uso correspondientes a los productos que reúnan las características establecidas en las normas aplicables.

Teniendo en cuenta la importancia, calidad, prestigio y reconocimiento de nuestra denominación de Origen Pisco, que además constituye nuestra bebida bandera, mediante Resolución N°13880-2017/DSD-Indecopi, emitida el 26 de julio de 2017, la DSD declaró su carácter notoriamente conocido en grado de renombre.

Es un signo que consiste en el nombre de una zona geográfica o que contiene este nombre, u otra denominación conocida por hacer referencia a esta zona, que sirve para designar un producto como originario de esta zona geográfica, cuando la calidad o las características del producto se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y humanos, y que haya dado al producto su reputación. La denominación de origen es un tipo de indicación geográfica.

Fuente: El Peruano

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