Molinopampa: Imponen prisiĆ³n preventiva a sujeto por tentativa de feminicidio

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Antecedentes de agresiĆ³n y amenazas previas subrayan la gravedad de la situaciĆ³n

En un decisivo desarrollo en el caso de un presunto intento de feminicidio, la FiscalĆ­a Provincial Mixta de Molinopampa, bajo la direcciĆ³n del Fiscal Provincial Julio CĆ©sar Santisteban YarlaquĆ©, logrĆ³ obtener una orden de prisiĆ³n preventiva por un periodo de ocho meses contra Juvencio Zamora RodrĆ­guez.

Este individuo enfrenta acusaciones relacionadas con un intento de feminicidio en grado de tentativa, en agravio de la seƱora Aquilina Zamora Uriarte.

SegĆŗn las investigaciones llevadas a cabo por la fiscal provincial, los lamentables hechos tuvieron lugar el pasado 30 de julio, alrededor de las 7:20 horas.

La vĆ­ctima, quien regresaba de atender su ganado vacuno, fue abordada por el imputado en una zona desolada. Aparentemente, Zamora RodrĆ­guez extrajo un cuchillo y la atacĆ³, causĆ”ndole lesiones graves.

La vĆ­ctima, con valentĆ­a y determinaciĆ³n, logrĆ³ defenderse y escapar, a pesar de haber sufrido heridas en el proceso. Gracias a su esfuerzo sobrehumano, logrĆ³ llegar a la vivienda de su hija, quien la auxiliĆ³ y la trasladĆ³ al Centro de Salud de Molinopampa.

Debido a la gravedad de sus heridas, la seƱora Zamora Uriarte fue posteriormente transferida al hospital Virgen de FĆ”tima en Chachapoyas, donde recibiĆ³ atenciĆ³n mĆ©dica y fue sometida a una intervenciĆ³n quirĆŗrgica que le salvĆ³ la vida.

Es importante destacar que, Juvencio Zamora ya estaba bajo investigaciĆ³n por agredir fĆ­sica y psicolĆ³gicamente a su exconviviente en mĆŗltiples ocasiones, incluyendo amenazas de muerte.

Los antecedentes revelan un patrĆ³n de celos y coerciĆ³n en su relaciĆ³n anterior. La rĆ”pida y efectiva intervenciĆ³n de las autoridades policiales y fiscales permitiĆ³ reunir de manera expedita las pruebas necesarias para fundamentar la responsabilidad del acusado.

El Fiscal a cargo presentĆ³ una argumentaciĆ³n sĆ³lida y coherente, sustentando tanto los elementos de convicciĆ³n como la pena potencial de al menos 15 aƱos de prisiĆ³n. AdemĆ”s, se resaltĆ³ el riesgo de fuga y obstaculizaciĆ³n del proceso, la proporcionalidad de la medida cautelar y su temporalidad.

Estos fundamentos fueron considerados por el Juez de InvestigaciĆ³n Preparatoria, quien emitiĆ³ la orden de PrisiĆ³n Preventiva por un perĆ­odo de ocho meses.

Se espera que, durante este lapso, se lleve a cabo el proceso judicial correspondiente y que el imputado enfrente las consecuencias legales de sus acciones.

*Imagen Referencial

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