Servidores y funcionarios públicos podrían ser sancionados hasta por 5 años

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La Contraloría General está facultada para inhabilitar, y en consecuencia separar temporalmente de la administración pública hasta por cinco años, a las y los servidores y funcionaros públicos que cometan infracciones administrativas graves o muy graves en el ejercicio de sus funciones, incumpliendo sus deberes funcionales, ocasionando perjuicio a los intereses del Estado.

Actualmente, existen 32 conductas infractoras que están claramente tipificadas en la Ley N° 31288, Ley que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Contraloría General de la República, las que permitirán a las y los funcionarios y servidores públicos conocer las inconductas funcionales pasibles de sanción a través del correspondiente procedimiento administrativo sancionador.

Entre las conductas que pueden ser sancionadas con la inhabilitación para ejercer la función pública, figuran: autorizar o ejecutar operaciones o gastos no autorizados por ley o por la normativa aplicable; actuar en forma parcializada en los contratos, licitaciones, o cualquier otra operación o procedimiento en que participe con ocasión de su función, dando lugar a un beneficio, propio o de tercero; usar los bienes o recursos públicos incumpliendo las normas que regulan su ejecución o uso; percepción de doble remuneración en el sector público.

Además, puede ser pasible de sanción administrativa el incumplimiento funcional evidenciado en situaciones de emergencia declaradas conforme a ley y que ocasionen la no prestación de algún servicio o la no entrega de un bien, subsidio monetario o prestación económica, por parte del Estado, o que, la prestación o entrega no sea oportuna cuando éstas sean parte de las medidas establecidas para afrontar la referida emergencia.

Las infracciones administrativas graves serán sancionadas con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública no menor de 60 días hasta un máximo de un año; mientras que las infracciones muy graves serán sancionadas con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública no menor de uno hasta cinco años.

La Contraloría General publicará en su portal web el listado de funcionarios y servidores públicos inhabilitados, a fin de que se cumpla la sanción. Los nombres de personas con sanción vigente también serán inscritos en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.

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