Admiten demanda de amparo contra reelección de congresistas y Bicameralidad

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La acción de amparo argumenta que no se está respetando la decisión de la ciudadanía porque en el referéndum del 2018 ya se rechazó ambas figuras.

El Poder Judicial admitió a trámite una demanda de amparo interpuesta contra la reelección de congresistas y la Bicameralidad que aprobó en dos votaciones el Parlamento la semana pasada. Esta medida fue interpuesta por César Benavides Rodrigo, Polidoro Bonilla Sánchez, Germán Chamba Calle, Mickey Alvarez Aguirre y Luis Muro Querevalu, miembros del Frente de Defensa de Lambayeque.

La acción de amparo argumenta que no se está respetando la decisión de la ciudadanía porque en el referéndum del 2018 se rechazó esas propuestas. Además, exigen que se declare como inaplicable la reforma constitucional que pretende reinstaurar ambas figuras.

Esta medida va específicamente en contra de la primera votación realizada el 16 de noviembre del año pasado. La Sala Civil de Lambayeque será la encargada de tratar este tema y ya fijó para el 17 de abril la audiencia.

El Pleno del Congreso aprobó la semana pasada, en segunda votación, el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Por tratarse de una reforma constitucional, se requerían dos votaciones con resultado a favor por encima de 87 votos en dos legislaturas diferentes y consecutivas, con el fin de aprobarse sin recurrir a un referéndum. La primera votación ocurrió el 16 de noviembre de 2023, votación que alcanzó 93 votos a favor.

Esta reforma permite que a partir de las próximas elecciones generales se elijan ya no a 130 congresistas como hasta la fecha, sino a 190 parlamentarios que estarán agrupados en dos cámaras, la de senadores con 60 miembros y la de diputados con 130 integrantes.

La ley de la Bicameralidad introduce 74 cambios en 56 artículos de la carta magna, entre ellos, la figura de la reelección congresal. El texto de la norma señala que para ser senador uno de los requisitos es haber sido congresista o diputado y deja sin efecto el artículo 90-A de la Constitución que establece que los congresistas no pueden ser elegidos por un nuevo periodo de manera inmediata.

Fuente: RPP

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