Recursos son importantes para el funcionamiento de las oficina de atenciĆ³n a las personas con discapacidad de cada jurisdicciĆ³n.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a travĆ©s del Consejo Nacional para la IntegraciĆ³n de la Persona con Discapacidad (Conadis), exhorta a las autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales a ejecutar correcta y prioritariamente el 0.5% de su presupuesto institucional a favor de la poblaciĆ³n con discapacidad de su jurisdicciĆ³n, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia NĀŗ 014, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector PĆŗblico en el presente ejercicio fiscal 2020.
āRatificamos nuestro compromiso de trabajar de manera conjunta con los gobiernos regionales y locales, siendo necesario priorizar el cumplimiento de nuestras metas y objetivos institucionales para atender las necesidades de nuestra poblaciĆ³n con discapacidad, y asĆ lograr su inclusiĆ³n plena y efectiva en la sociedadā, seƱalĆ³ el presidente del Conadis Marco Antonio Gamarra La Barrera.
El Decreto de Urgencia NĀ°014 seƱala que dicho porcentaje del presupuesto total asignado deberĆ” ser empleado para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas Municipales de AtenciĆ³n a la Persona con Discapacidad (Omaped) y las Oficinas Regionales de AtenciĆ³n a la Persona con Discapacidad (Oredis), utilizando la cadena presupuestal aprobada por el Ministerio de EconomĆa y Finanzas, cuya Actividad Presupuestal es la ā5005387 ā Mejoramiento y AtenciĆ³n a las Personas con Discapacidadā.
Asimismo, los Gobiernos Regionales y Locales deberĆ”n informar anualmente y de forma escrita, su ejecuciĆ³n presupuestal ante la āComisiĆ³n de InclusiĆ³n Social y Personas con Discapacidadā y la āComisiĆ³n de Presupuesto y Cuenta General de la RepĆŗblicaā del Congreso y al Conadis, como ente rector del Sistema Nacional para la IntegraciĆ³n de la Persona con Discapacidad (Sinapedis) segĆŗn lo previsto en el artĆculo 73 de la Ley NĀŗ 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
De acuerdo con los Art. 69 y 70 de la Ley NĀŗ 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad sobre las Oficinas Regionales y Municipales a las personas con Discapacidad, estas cuentan con funciones relacionadas a coordinar y supervisar la ejecuciĆ³n de planes, programas, asĆ como la aprobaciĆ³n del presupuesto para la implementaciĆ³n de polĆticas y programas para la temĆ”tica discapacidad.
El MIMP continuarĆ” trabajando de manera articulada con las municipalidades locales y regionales para salvaguardar el apoyo que las personas con discapacidad requieren durante la pandemia. Ā”Su bienestar es nuestro compromiso!
Fuente: El Peruano