Gobierno faculta a la PNP a intervenir a personas por sospecha y sin orden judicial

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Esta aprobación indica también que si la persona no tiene su DNI será llevado a la comisaría más cercana para el control de identidad

El Ejecutivo aprobó una modificación al numeral 4 del artículo 205 del Nuevo Código Procesal Penal a través de la publicación del Decreto Legislativo N.° 957 en el Diario El Peruano, el cual otorga a la Policía Nacional del Perú (PNP) la autoridad para intervenir a cualquier ciudadano, solicitarle el Documento Nacional de Identidad (DNI) y detenerlo si se considera sospechoso, sin necesidad de una orden fiscal o judicial.

La medida se llevó a cabo en el marco de las facultades concedidas por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo para legislar en materia de seguridad ciudadana.

“La Policía, en el marco de sus funciones, sin necesidad de orden del fiscal o del juez, podrá requerir la identificación de cualquier persona y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, cuando considere que resulte necesario para prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible”, se lee en el Decreto Legislativo.

Además, si un agente policial tiene motivos fundados para creer que la persona intervenida está vinculada a un presunto ilícito, la PNP podrá registrar sus vestimentas, equipaje y vehículo.

En el caso de que el ciudadano intervenido no muestre el DNI, la Policía podrá conducirlo a la dependencia policial más cercana exclusivamente con el fin de identificarlo mediante la toma de impresiones dactilares y verificar si tiene requisitorias.

Cabe mencionar que, este procedimiento no puede exceder las cuatro horas para ciudadanos nacionales, mientras que para ciudadanos extranjeros la detención no puede prolongarse más de 12 horas para su plena identificación.

En el caso de las personas extranjeras si tienen antecedentes policiales, penales o judiciales en el país de origen o cualquier otro país, se notificará a la Superintendencia Nacional de Migraciones para que proceda de acuerdo con la ley.

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