Esta medida busca proteger la integridad, bienestar y propiedad, así como la economía nacional ante posibles protestas
El Ejecutivo anunció la promulgación del Decreto Legislativo N.° 1589, una medida que busca reforzar la seguridad ciudadana mediante la imposición de penas más severas para aquellos que participen en disturbios, atenten contra la integridad y la vida de las personas, así como, contra la propiedad pública o privada.
Esta nueva normativa, emitida en el marco de las facultades delegadas por el Congreso de la República en materia de seguridad ciudadana, tiene como objetivo proteger la integridad, el bienestar y la tranquilidad de los ciudadanos, así como resguardar los bienes públicos y privados y la economía nacional frente a posibles protestas futuras.
El Decreto introduce modificaciones al Código Penal, centrándose especialmente en dos tipos penales: el delito de disturbios y el entorpecimiento a los servicios públicos.
Agravantes en el delito de disturbios:
- Daño a vías terrestres y fluviales.
- Ataques a infraestructura portuaria.
- Daño a infraestructura para la generación y distribución de energía.
- Afectación a infraestructura relacionada con hidrocarburos líquidos, gas natural, derivados de petróleo y recursos mineros.
- Agravantes relacionados con infraestructura ferroviaria, aeroportuaria, servicios de navegación aérea, servicios de agua, saneamiento, salud pública, telecomunicaciones, sanidad agropecuaria e inocuidad agroalimentaria.
- Daño a infraestructura física y de tecnologías de la información de diversos sectores.
La pena por disturbios con estos agravantes oscila entre diez y quince años de prisión.
Además, se ha tipificado el delito de “colaboración al delito de disturbios”, con penas de hasta seis años para quienes provean bienes, objetos o instrumentos que faciliten este delito, así como a aquellos que aporten recursos financieros o económicos para tal fin.
Penas por atentado a la integridad física:
- Lesiones graves: privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y 365 a 600 días-multa.
- Muerte: privativa de libertad no menor de 15 años y 365 a 1000 días-multa.
El decreto también incorpora la inhabilitación para funcionarios públicos que participen en disturbios o entorpezcan servicios públicos. Estos serán privados de sus funciones y estarán sujetos a suspensión de derechos políticos según lo establecido por la sentencia.
En el periodo entre diciembre de 2022 y marzo de 2023 se registraron 1347 manifestaciones sociales, más de cien de ellas violentas con un saldo de 58 muertes, así como 1426 heridos y pérdidas económicas que alcanzaron los S/ 2839 millones.
Además, se reportaron 288 atentados a infraestructuras públicas y privadas, 41 ataques a dependencias policiales, la destrucción de tres unidades PNP y daños a 262 vehículos.
Con la implementación de este decreto legislativo, se espera reforzar la acción de la Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial, llenando vacíos legales que puedan generar impunidad y brindando mayor protección a la ciudadanía y sus bienes.
Fuente: Ministerio del Interior