Publican ley que crea Cuenta-DNI de ahorro en el Banco de la NaciĆ³n

42,333FansMe gusta
4,558SeguidoresSeguir
456SeguidoresSeguir

El Ejecutivo publicĆ³ hoy la ley aprobada por el Congreso de la RepĆŗblica que crea en forma automĆ”tica y obligatoria una cuenta de ahorros en el Banco de la NaciĆ³n con del nĆŗmero de Documento Nacional de Identidad (DNI) (Cuenta ā€“DNI) de los ciudadanos.

La referida cuenta, que opera en el entorno digital, serĆ” empleada para el pago, devoluciĆ³n o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestaciĆ³n econĆ³mica o aporte que el Estado otorgue para el titular, asĆ­ como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros.

La cuenta DNI, de acuerdo a la Ley 311120, publicada en el boletĆ­n Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, comprende a toda persona nacida en el paĆ­s o naturalizada, que posea DNI y cuente con la capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo con la ConstituciĆ³n PolĆ­tica del PerĆŗ y el CĆ³digo Civil.

Indica que el Banco de la NaciĆ³n usarĆ” la plataforma Nacional de AutenticaciĆ³n de la Identidad Digital (ID-PerĆŗ) o los servicios de VerificaciĆ³n de la Identidad de Datos y BiomĆ©tricos (dactilar o facial) que brinda el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).

ā€œPara abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remitirĆ” al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificaciĆ³n, nombres y apellidos completos, nĆŗmero del DNI y direcciĆ³n, en el marco de lo dispuesto en la Ley de ProtecciĆ³n de Datos Personalesā€, seƱala la norma.

Faculta ademĆ”s al Banco de la NaciĆ³n para la apertura de la Cuenta-DNI sin necesidad de la celebraciĆ³n de un contrato ni aceptaciĆ³n por parte del titular de la cuenta. Una vez que el titular exprese su conformidad con la activaciĆ³n, el banco remitirĆ” el contrato por medios digitales.

El banco de la NaciĆ³n podrĆ” ademĆ”s cerrar la Cuenta-DNI si estĆ” siendo utilizada para eventos de fraude, corrupciĆ³n o cualquier otra actividad ilegal.

Las disposiciones transitorias de la norma seƱalan que el Ejecutivo reglamentarĆ” la ley en un plazo de 60 dĆ­as y el Banco de la NaciĆ³n implementarĆ” la Cuentaā€“DNI en un plazo no mayor de 180 dĆ­as despuĆ©s de publicada la ley.

Fuente: Andina

Actualidad

error: Content is protected !!